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Recomendaciones Revisadas Sobre El Transporte Sin Riesgos De Cargas Peligrosas Y Actividades Conexas En Zonas Portuarias – Ediciรณn De 2007

Recomendaciones revisadas sobre el transporte sin riesgos de cargas peligrosas y actividades conexas en zonas portuarias. Ediciรณn de 2007.En noviembre de 1973, la Organizaciรณn distribuyรณ por primera vez una Recomendaciรณn sobre prรกcticas seguras de mercancรญas peligrosas en puertos y puertos.El desarrollo posterior de nuevas tรฉcnicas en las operaciones en tierra y en barco, asรญ como la conveniencia de contar con recomendaciones mรกs completas que incluyeron mercancรญas peligrosas envasadas, sustancias peligrosas sรณlidas y lรญquidas y gas licuado transportado a granel, hizo necesario revisar y actualizar la Recomendaciรณn.La Recomendaciรณn, que fue adoptada originalmente como resoluciรณn A.289 (VIII), ha sido revisada en varias ocasiones y distribuida como MSC / Circ.299 (12 de febrero de 1981), MSC / Circ.299 / Add.1 (8 de julio de 1983) y MSC / Circ.675 (30 de enero de 1995).La ediciรณn de 1995 de las Recomendaciones incluyรณ actualizaciones necesarias y algunas caracterรญsticas novedosas, la mรกs importante de las cuales fue una guรญa para la implementaciรณn de las Recomendaciones por parte de aquellos Estados Miembros que estaban en el proceso de desarrollar la regulaciรณn del transporte de mercancรญas peligrosas y actividades relacionadas en el paรญs. sus puertos.En 1996, el Comitรฉ de Seguridad Marรญtima acordรณ que el Cรณdigo IMDG deberรญa reformatearse en un estilo consistente con el formato de los Reglamentos Modelo de la ONU con la intenciรณn de mejorar la facilidad de uso, el cumplimiento de las regulaciones y el transporte seguro de mercancรญas peligrosas.En su 75ยบ perรญodo de sesiones, en mayo de 2002, el Comitรฉ de Seguridad Marรญtima confirmรณ su decisiรณn anterior de hacer que el Cรณdigo IMDG fuera obligatorio en el derecho internacional. Por lo tanto, la Enmienda 31 del Cรณdigo IMDG se convirtiรณ en obligatoria el 1 de enero de 2004 sin ningรบn perรญodo de transiciรณn en el marco de los capรญtulos VI y VII de SOLAS 74, en su forma enmendada.Las Recomendaciones estรกn alineadas con los cรณdigos IMO relevantes y el Cรณdigo IMDG en particular. Se considera esencial armonizar las reglas dentro del รกrea del puerto con el barco para garantizar operaciones sin problemas y evitar malentendidos entre el barco y la costa. Las Recomendaciones hacen una distinciรณn entre mantenimiento y almacenamiento. Las cargas peligrosas temporalmente en el รกrea del puerto como parte de la cadena de transporte no se consideran almacenadas, ya que su presencia se refiere รบnicamente a la espera de la carga y al movimiento posterior por otro medio de transporte. Debido a que esta es una operaciรณn cubierta por las Recomendaciones, el tรฉrmino “mantenimiento” se incluye en la definiciรณn general de manejo. El almacenamiento, que implica la retenciรณn de sustancias durante un perรญodo indeterminado no directamente relacionado con el proceso de transporte, se considera que estรก fuera del alcance de estas Recomendaciones y se ha excluido de las definiciones. Las autoridades reguladoras pueden desear regular el almacenamiento de tales sustancias, pero eso se lograrรญa mediante otras regulaciones que no estรฉn relacionadas con el proceso de transporte.A los efectos de estas Recomendaciones, el tรฉrmino “intereses de carga” se refiere a aquellas organizaciones que pueden estar involucradas con las cargas peligrosas incluso antes de que dichas cargas lleguen al รกrea del puerto y a un barco, y tambiรฉn incluye a los consignadores (cargadores), empacadores, a los interesados ??en la documentaciรณn , consolidadores y agentes expedidores. La experiencia ha demostrado que este grupo desempeรฑa un papel crucial en el transporte seguro de cargas peligrosas y que las Recomendaciones tambiรฉn deben aplicarse a ellos.Es importante seรฑalar a la atenciรณn de los usuarios de estas Recomendaciones que el tรฉrmino “carga peligrosa” comprende aceites, sustancias quรญmicas nocivas y lรญquidos transportados a granel, materiales sรณlidos a granel que presentan riesgos quรญmicos, materiales sรณlidos a granel peligrosos solo a granel, sustancias nocivas en forma empaquetada (cubierta por el Anexo III de MARPOL 73/78), asรญ como mercancรญas peligrosas en forma empaquetada (cubierta por el Cรณdigo IMDG).A lo largo de las Recomendaciones, los tรฉrminos definidos en el capรญtulo 2 se han resaltado en negrita y cursiva.En el apรฉndice 1 de esta publicaciรณn se incluye un glosario no exhaustivo de relevancia para el manejo de cargas peligrosas.